Información de Interés


 

La misión de Colombia Compra Eficiente es: (a) ofrecer a los partícipes de la compra pública un sistema de información de la compra y la contratación pública que permita hacer transacciones en línea, con instrumentos y herramientas que respondan a las necesidades de bienes, obras y servicios que adquiere el sistema de compra y contratación pública y que ofrezca información suficiente y de calidad para tomar decisiones, y para cumplir las metas y objetivos de las entidades estatales, el Plan Nacional de Desarrollo y los planes territoriales de desarrollo, asegurando el óptimo valor por dinero en la compra y contratación pública y su trasparencia, y generando confianza; (b) formular políticas y propuestas de reforma legislativa, apoyar y coordinar la gestión de reformas legislativas y regulatorias; (c) asistir técnicamente y trabajar en equipo con los partícipes de la compra pública; (d) apoyar el desarrollo del mercados, y monitorearlos; y (e) analizar permanentemente el comportamiento del sistema de compra y contratación pública en busca de la innovación y mejora continua del mismo.

 

  • Manual Único de Contratación del INM

El INM pone a disposición de los proveedores interesados en contratar con el INM, el Manual Único de Contratación
Resolucion 160 del 2018

  • Certificación de pago de contratos

Se informa a los proveedores que para la radicación de cuentas de cobro de proveedores y contratistas, es obligatorio el diligenciamiento de la CERTIFICACIÓN PAGO CONTRATOS a la cual debe anexarse como mínimo:

  • Copia del RUT
  • Certificación pago Seguridad Social
  • Factura (si es procedente)
  • Comprobante de ingreso almacén (si es procedente)

Recuerde radicar dos copias, una para Contratos y otra para Contabilidad

Es importante su diligenciamiento completo para el trámite del pago; de lo contrario se devolverán los documentos.

Descargue Formato CERTIFICACIÓN PAGO CONTRATOS

  • Registro Único de Proponentes - RUP

¿Qué es el RUP?

Es un registro de creación legal que llevan las Cámaras de Comercio de todo el país. En este deben inscribirse las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiran a celebrar contratos con las entidades estatales para la ejecución de obras, suministro de bienes o prestación de servicios, salvo las excepciones taxativamente señaladas en la ley. En este registro consta la información relacionada a la experiencia, capacidad jurídica, capacidad financiera, capacidad de organización y clasificación del Proponente.

Fue creado originalmente por la Ley 80 de 1993, modificado por la Ley 1150 de 2007y posteriormente modificado por el Artículo 221 del Decreto 19 de 2012. Este es uno de los registros que el Estado delegó en las Cámaras de Comercio por virtud de la ley; brinda un esquema que permite centralizar la información de los proponentes y unifica la reglamentación sobre la materia.

Conozca más sobre el RUP